Aprobada la revisión del Plan Hidrológico de Baleares hasta 2027

Este nuevo ciclo de planificación apuesta por la reutilización como prioridad principal y fija objetivos a todas las administraciones para mejorar la eficiencia en la gestión del ciclo integral del agua
24-08-2022

El Consejo del Gobierno de las Islas Baleares ha aprobado con carácter inicial la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrológica de las Islas Baleares correspondiente al tercer ciclo (2022-2027).

El documento ahora se enviará al Consejo Nacional del Agua para que dé su visto bueno y, posteriormente, lo envíe al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.

El Plan Hidrológico vigente fue aprobado por Real Decreto 51/2019, de 8 de febrero, y fue fruto de una revisión anticipada del Plan Hidrológico correspondiente al segundo ciclo (2015-2021). De acuerdo con lo que prevé el Reglamento de planificación hidrológica, cada seis años debe revisarse completamente el Plan Hidrológico. Por tanto, corresponde revisar el Plan Hidrológico correspondiente al tercer ciclo de planificación.

El nuevo Plan Hidrológico ha seguido la tramitación prevista en el Reglamento de Planificación Hidrológica. En octubre de 2019 se publicó el anuncio de la apertura del período de consulta y de información pública de los documentos iniciales. Una vez incorporadas las aportaciones aceptadas, en marzo de 2020 se abrió el período de consulta y de información pública del esquema provisional de temas importantes en materia de gestión del agua.

En julio de 2021, se inició la consulta pública y el período de participación y consulta a las administraciones públicas afectadas ya las personas interesadas de la propuesta de proyecto del Plan Hidrológico y del estudio ambiental estratégico. Para cada uno de estos trámites, se otorgó un período de seis meses para presentar alegaciones y propuestas. Durante los meses de información pública, se han impartido varios talleres participativos y se han convocado a las juntas insulares de aguas.

De conformidad con las competencias que establece el Decreto 129/2002, de 18 de octubre, de organización y régimen jurídico de la Administración hidráulica, se ha presentado la documentación final de la revisión del Plan Hidrológico, primero, en el Consell Balear del Agua, en la sesión de 27 de julio de 2022, que ha informado favorablemente sobre la revisión, y, después, el mismo día, a la Junta de Gobierno de la Administración Hidráulica, que ha acordado que el consejero de Medio Ambiente y Territorio lo elevase al Consejo de Gobierno para su aprobación inicial previa a su aprobación definitiva por parte de la Administración del Estado.

Este nuevo ciclo de planificación apuesta por la reutilización como prioridad principal y fija objetivos a todas las administraciones para mejorar la eficiencia en la gestión del ciclo integral del agua. Así, por ejemplo, el objetivo de fugas en 2027 se sitúa en el 17% y la dotación máxima es de 250 litros por persona y día.

Los futuros crecimientos urbanísticos estarán vinculados al cumplimiento de estos dos últimos objetivos. En este sentido, los informes de suficiencia hídrica, obligatorios para poder tramitar instrumentos de planificación urbanística, sólo podrán ser favorables en caso de que el municipio que lo solicita cumpla el porcentaje de escapes y la dotación máxima.

En caso de que no los cumpla, sólo se podrá continuar la tramitación si el municipio ya tiene aprobado un plan de gestión sostenible del agua en el que se prevea la consecución, como mínimo, de estos dos objetivos, en un período máximo de seis años.

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