Materia orgánica, ¿por qué la tratamos tan mal?

Antes de entrar en el tema objeto de este artículo, parece conveniente aclarar algunos malentendidos técnicos y legales que circulan por el sector de la gestión de los residuos
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16-06-2026

En primer lugar, ni las Directivas de residuos de la UE, ni la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, ni el recientemente aprobado Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2025-2035 incluyen una definición legal de la materia orgánica. Es decir, nos encontramos ante una denominación que se usa habitualmente en el sector de la gestión de los residuos, pero que jurídicamente no está definida ni determinada. Por ello, al hablar de su tratamiento, se requiere previamente identificar a qué materia nos estamos refiriendo y hacerlo utilizando términos científicos, que no admitan interpretaciones subjetivas.

En este artículo tomaré como referencia dos ciencias, la química y la biología, para las que la materia orgánica es cualquier sustancia compuesta principalmente por carbono, hidrógeno oxígeno y nitrógeno, con pequeñas cantidades de oligoelementos (fósforo, hierro o magnesio) y originada por seres vivos o sus restos. Excluiré así otros materiales que estudia la rama de la Química Orgánica, como los polímeros orgánicos (plásticos). Esta aclaración es importante porque, en las actividades de gestión de los residuos y en el marco legal que las regula, se vienen utilizando distintas definiciones que se refieren a la materia orgánica biológica. Solo en al ámbito de los residuos municipales, podemos encontrar las siguientes:

  • Biorresiduo. “Residuo biodegradable vegetal de hogares, jardines, parques y del sector servicios, así como residuos alimentarios y de cocina procedentes de hogares, oficinas, restaurantes, mayoristas, comedores, servicios de restauración colectiva y establecimientos de consumo al por menor, entre otros, y residuos comparables procedentes de plantas de transformación de alimentos.”
  • FORM: Fracción orgánica de los residuos municipales.
  • FORS: Fracción orgánica de recogida separada (restos de comida, césped, hojas, restos de pequeño tamaño, etc.).
  • FORSU: Fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos
  • FV: Fracción vegetal (podas, césped, hojas, restos de pequeño tamaño, etc.)
  • MOR: Materia orgánica de residuos mezclados y materia orgánica resistente.

He escuchado y leído con frecuencia que se tiende a equiparar legalmente a la materia orgánica” con los “biorresiduos”, pero esto es confundir el todo con la parte. Los biorresiduos contienen materia orgánica, pero para que lo sean deben cumplir los requerimientos establecidos en el artículo 28 de la Ley 7/2022 (dedicado en exclusiva a ellos) y su gestión los incluidos en el artículo 25.4, como el límite de impropios (20%). En el caso de los productores de biorresiduos comerciales e industriales, estos deberán separarlos en origen sin que se produzca la mezcla con otros residuos para su correcto reciclado (artículo 25.3). Respecto a los biorresiduos de origen doméstico, deben recogerse de forma separada (artículo 25.2b).  Aquí podríamos terminar con el aforismo legal “Dura lex, sed lex

Respecto a la otra palabra incluida en el título de este artículo (tratamiento), la Ley 7/2022 define lo define en su artículo 2.az) como “las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación anterior a la valorización o eliminación”. El Diccionario de la RAE incluye varias acepciones del verbo “tratar”, siendo la número 12 la más próxima a la incluida en la Ley: “tr. Tecnol. Someter una sustancia o material a un proceso para purificarlo, analizarlo o darle otras propiedades”. No voy a referirme en este artículo a ninguna de las dos anteriores, sino a la acepción 2 que incluye el DRAE, “tr. Manejar, gestionar o disponer algún negocio”, entendiendo por negocio, según el propio DRAE “5. Utilidad o interés que se logra en lo que se trata, comercia o pretende”-

 

Para los que hayan seguido la exposición hasta este momento, debería ser evidente que cualquier solución inteligente para la gestión de la materia orgánica residual debería pasar por copiar, incorporar, controlar y optimizar los procesos naturales, con objeto de aprovechar material y energéticamente las sustancias iniciales e intermedias hasta su degradación final en CO2

 

Hechas las dos aclaraciones anteriores, también conviene delimitar los diversos ámbitos y actividades en los que la materia orgánica así definida puede generarse como residuo:

  • Municipios: procedente de hogares, comercios (principalmente bares y restaurantes), pequeñas industrias ubicados en las ciudades, parques y jardines, limpieza de los espacios públicos, etc.
  • Ganadería: estiércoles, purines, etc.
  • Agricultura: restos de cultivos.
  • Industria alimentaria: restos del procesado de carne, pescado y vegetales.
  • Estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) urbanas e industriales: lodos de tratamiento.
  • Forestal. Biomasa no aprovechable.
  • Otros.

Aunque la composición química elemental y la mayoría de las moléculas que forman esta gran variedad de sustancias sean cualitativamente las mismas (proteínas, glúcidos, lípidos, ácidos nucleicos, etc.), sus cantidades varían y vienen acompañadas por otras más específicas (ligninas, urea, terpenos, etc.). A ello debe añadirse que muy pocas fuentes antrópicas de residuos orgánicos contienen en su composición solo materia orgánica, siendo lo habitual que también se encuentre la cuasi infinita variedad de otros materiales y objetos producidos por la humanidad. Como consecuencia, los gestores se enfrentan a la obligación de “purificarla” mediante la separación de una gran diversidad de impropios, por razones tanto técnicas como legales.

Tradicionalmente, la materia orgánica se ha venido valorizando, principalmente en forma material, usando las siguientes vías:

  • Descomposición natural en sus puntos de generación.
  • Aplicación directa en agricultura con fines de fertilización.
  • Fabricación de compost para fertilización agrícola.
  • Alimentación animal.
  • Valorización energética directa.
  • Producción de biogás y biometano. En el proceso se obtiene otro residuo, denominado digestato, que también se viene destinando a compostaje o fertilización agrícola.

Todas estas alternativas se aprovechan de que la materia orgánica es probablemente el residuo más circular que existe, ya que la Naturaleza se ha encargado de crear los ciclos necesarios desde que la vida apareció en la Tierra. En efecto, los ciclos naturales para los cuatro componentes principales (C, N, H y O) y los principales oligoelementos (Fe, Mg, Zn, etc.) vienen funcionando desde hace millones de años, mucho antes de que la especie humana apareciese. La humanidad está alterando significativamente todos ellos y a un ritmo acelerado, por lo que no se podrá encontrar una solución al problema si no se entienden, como primer paso para incorporar nuestros residuos en ellos, sin afectar a su funcionamiento.

Utilizaré como ejemplo, y para no alargar más este artículo, el ciclo del carbono. Para ello, necesitaré previamente recordar aquellas reacciones REDOX (reducción-oxidación) que nos enseñaron en la química de Bachillerato o EGB. De forma muy resumida, el carbono (elemento químico) puede encontrarse en la Tierra de dos formas: (1) oxidada, como dióxido de carbono CO2 y como carbonatos CO3= principalmente de calcio y magnesio; (2) reducida como carbón (material, no confundir con el elemento), como combustibles fósiles líquidos y gaseosos y una cantidad menor como materia orgánica biogénica.

Sacando a los carbonatos del balance, y sin olvidar su proceso de descomposición con emisiones de CO2 en la industria cementera, la situación en la Tierra es que el carbono reducido fue almacenado hace millones de años en el subsuelo (carbón y combustibles) y una pequeña parte sobre la superficie como materia orgánica, mientras que el carbono oxidado se encuentra en la atmósfera como CO2. La humanidad está realizando un gigantesco experimento a escala planetaria, que consiste en extraer el carbono reducido fósil, oxidarlo para generar energía y mandarlo a la atmósfera. Los detalles de este experimento y sus consecuencias son de sobra conocidas y se encuentran explicados con claridad y detalle en el libro recientemente publicado “The Story of CO2 Is the Story of Everything: How Carbon Dioxide Made Our World”, de Peter Brannen

¿Y dónde entra la materia orgánica en este marco químico? Nos faltan dos piezas para explicarlo y cerrar los ciclos:

  1. La vida. Todos los organismos vivos producen y consumen materia orgánica y sus procesos metabólicos excretan al ambiente, entre otros residuos, dos compuestos de carbono gaseosos: CH4, si el proceso fue anaerobio y CO2, si fue aerobio (recordemos que la respiración es una combustión). El metano será posteriormente oxidado por vías fisicoquímicas también acabará como CO2.
  2. La atmósfera de la Tierra es oxidante por el oxígeno que contiene. Este elemento reacciona espontáneamente con cualquier otro que tenga un potencial Redox adecuado (como los metales, caso del hierro, formando óxidos) y también directamente con la materia orgánica, transformándola tras varias etapas en CO2, H2O, NO3- y óxidos de los oligoelementos, que se reincorporan a los ciclos naturales.

La primera conclusión de esta larga exposición químico-biológica es clara: toda la materia orgánica que hemos mencionado al principio y existe sobre la superficie de la Tierra, cualquiera que sea su origen, acabará transformándose antes o después en CO2, de forma directa o previa descomposición parcial o formación de CH4 y posterior oxidación de este. De nuevo, “Dura lex (química y biológica), sed lex”. La segunda, es que estamos obligados a aprovechar estos procesos naturales para obtener toda la materia y la energía posible, antes de que el carbono orgánico se transforme en CO2 final.  A este respecto, debe recordarse que el compost no se consume de forma continua a lo largo del año y que su almacenamiento representa un riesgo de incendio por autoignición. La energía, por el contrario, en forma de gas o electricidad tiene un consumo continuo y elevado, además puede almacenarse.

 

Frente a la sencillez biológica y natural de los ciclos descritos, las administraciones públicas (especialmente las europeas y españolas) parecen que están empeñadas en complicar su gestión mediante la creación de una amplísima y complejísima maraña legal

 

Para los que hayan seguido la exposición hasta este momento, debería ser evidente que cualquier solución inteligente para la gestión de la materia orgánica residual debería pasar por copiar, incorporar, controlar y optimizar los procesos naturales, con objeto de aprovechar material y energéticamente las sustancias iniciales e intermedias hasta su degradación final en CO2. Existe tecnologías suficientemente desarrolladas, contrastadas y seguras, funcionando cada día en cientos de plantas a escala industrial, para la reproducción de los procesos naturales y producir compost, biogas / biometano y energía directa. Todas alternativas deben considerarse en cada proyecto, respetando los condicionantes locales, sin prejuicios y aplicando un enfoque agnóstico y el “principio de neutralidad tecnológica”, que la Unión Europea defiende.

Sin embargo, frente a la sencillez biológica y natural de los ciclos descritos, las administraciones públicas (especialmente las europeas y españolas) parecen que están empeñadas en complicar su gestión mediante la creación de una amplísima y complejísima maraña legal. La matriz que se incluye a continuación recoge todos los apartados normativos generales y específicos que el promotor debe identificar, analizar y cumplir, proyecto a proyecto, antes de iniciar la tramitación de los permisos. Y son solo los relativos al marco de residuos, pues la misma matriz se debe aplicar para aguas, emisiones, evaluación ambiental, industrias, urbanismo, etc.

 

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En los Diálogos para el avance en la gestión de Residuos, organizados por Retema el 23 de octubre de 2025, en la sesión dedicada a los Biorresiduos, la persona que representó a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), realizó una exposición detallada de este marco legislativo focalizada en los usos agronómicos. Su conclusión fue Es complicado, pero es lo que hay”. Siendo cierta esta afirmación, también lo es que las leyes humanas se pueden cambiar en el BOE o el DOUE si no permiten alcanzar los objetivos para los que se crearon o, directamente, son de imposible cumplimiento. No estamos ante textos religiosos (la Biblia, el Corán), ni leyes naturales (gravedad, termodinámica, etc.) con siglos de antigüedad cuyo cambio es imposible.

Afortunadamente, parece que algo se empieza a mover en esta dirección, ya que el MAPA acaba de abrir el Trámite de Audiencia e Información Pública del proyecto de Real Decreto sobre productos fertilizantes, que también pretende cambiar la legislación sobre nutrición sostenible en los suelos agrarios. Puede ser un gran paso para desbloquear la situación actual, pero su alcance puede verse muy limitado si, simultáneamente, no se modifican los apartados correspondientes en la Ley 7/2022 y el material sigue considerándose un residuo.

 

La materia orgánica tiene un tratamiento técnicamente sencillo y seguro, que permitiría reincorporarla sin dificultad a los ciclos naturales que vienen funcionando sin intervención humana desde el principio de la vida en la Tierra

 

El resumen de todo lo expuesto es que la materia orgánica tiene un tratamiento técnicamente sencillo y seguro, que permitiría reincorporarla sin dificultad a los ciclos naturales que vienen funcionando sin intervención humana desde el principio de la vida en la Tierra. Y ello, consiguiendo “proteger el medio ambiente y la salud humana y efectuar la transición a una economía circular y baja en carbono con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenibles para garantizar el funcionamiento eficiente del mercado interior y la competitividad de España a largo plazo” (Ley 7/2022, Artículo 1.2 Objetivos y finalidad). Sin embargo, en el caso de la materia orgánica, esta declaración de intenciones se ve frustrada por el maltrato de palabra y de letra derivado de un desarrollo normativo excesivo que no se ha construido sobre los pilares de las leyes naturales. Hace falta menos legislación y más ciencia, especialmente en este momento de gran subida de los precios del gas natural y los fertilizantes, exactamente igual que ocurrió al comienzo de la guerra de Ucrania.