El BOE publica el Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias

La patronal del sector, formada por FER y Repacar, destaca el acuerdo alcanzado tras arduas negociaciones a causa de la actual coyuntura inflacionista y la crisis energética
El BOE publica el Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias
El BOE publica el Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias

El Boletín Oficial del Estado publica, en su edición del 25 de julio, el Convenio Colectivo de Recuperación y Reciclado de Residuos y Materias Primas Secundarias, que asegurará para el sector un clima de paz social para, al menos, los tres próximos años.

El acuerdo alcanzado entre las asociaciones patronales, FER y Repacar, y los sindicatos, Hábitat de CC OO y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, ha sido posible tras una ardua negociación debida entre otros factores, según explican desde la patronal, a la actual escalada de precios.

Con la publicación del convenio de carácter trianual, vigente hasta el 31 de diciembre de 2024, “se dará estabilidad y seguridad a las empresas en un periodo tan incierto como el actual”, ha afirmado Alicia García-Franco, directora general de FER. “La firma del acuerdo supone dar estabilidad a las compañías tras la crisis económica causada por la pandemia sanitaria y retomar la senda del crecimiento tanto empresarial como de empleo”, ha añadido Manuel Domínguez, director general de Repacar.

Entre las principales novedades del acuerdo laboral, se llevará a cabo un incremento salarial del tres por ciento para los años 2022, 2023 y 2024, con una cláusula de revisión para los años 2023 y 2024 de un 0,25 adicional en función de la evolución del IPC y el PIB.

Otro aspecto novedoso del texto, relacionado con la desconexión digital, es el reconocimiento del derecho a la limitar las comunicaciones fuera del horario laboral, salvo en determinados supuestos, tales como los casos de urgencia o en puestos con disponibilidad.

En relación a la duración del contrato de trabajo, se reconoce su extensión por circunstancias de producción, modificación que responde a la supresión del contrato de obra debido a la reforma laboral de finales de 2021. Ahora, el contrato por circunstancias de la producción, pasa a ser el contrato temporal fundamental contemplado en la normativa vigente.

La reforma laboral establece un plazo máximo de este contrato de seis meses en un periodo de doce meses; sin embargo, se permite que el convenio sectorial de aplicación amplíe esa duración máxima a un año de duración en un periodo de 18 y que esa posibilidad de duración máxima de un año sea incluida en el convenio.
 

Permisos y excedencias

También reciben modificaciones los permisos y excedencias, contempladas en las medidas en protección de la conciliación. Así, se incrementa en un día el permiso retribuido hasta un total de cinco para el desplazamiento de un trabajador al extranjero con motivo del fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Por otro lado, se concederá un permiso de máximo ocho horas al año para acompañar a familiares de primer grado en caso de consultas médicas, intervenciones quirúrgicas y pruebas diagnósticas.

Además, como medidas en protección de la maternidad y paternidad, se concede un permiso de acompañamiento al cónyuge o pareja de hecho a las revisiones en caso de embarazo y, además, se incluye la no realización por parte de las mujeres embarazadas de trabajos nocturnos desde el momento en que se comunica la situación de embarazo.

En cuanto a las bajas médicas, se incrementa paulatinamente (10 días por año) el complemento del salario hasta alcanzar el 100% neto de los conceptos salariales en caso de accidente de trabajo hasta llegar a 180 días en 2024, pasando por 160 en 2022 y 170 en 2023.

Otra novedad en relación a las relaciones laborales es la introducción de la jubilación obligatoria para los trabajadores que cumplan la edad legal de jubilación, siempre que tengan derecho al 100% de la pensión ordinaria en su modalidad contributiva y se cubra el puesto con un trabajador fijo.  

Por otra parte, relacionado con las dietas, en los desplazamientos se introduce expresamente el concepto de la cena en el apartado referido a la media dieta.   

En el apartado relacionado con la ergonomía en el puesto de trabajo, se contempla, a partir del tercer uniforme, la reposición de elementos independientes del uniforme por su deterioro a solicitud del trabajador. Para ello, la empresa podrá solicitar la prenda para su comprobación y su posterior gestión como residuo textil.
 

Figura del comercial

En el texto se reconoce la figura del comercial y se determina su salario en la tabla salarial. No obstante, se deberán respetar las condiciones pactadas anteriormente y esta cifra se considera un mínimo a percibir, al que deberá añadirse el variable que se haya pactado o se pacte con el trabajador.

Además, dentro de las categorías laborales, se incluye la definición de Oficial de Primera y se elimina la exigencia de 18 años en el puesto de Peón.
 

Comisión de seguridad y salud

Por último, como aspecto destacado de este nuevo convenio, se crea la comisión de Seguridad y Salud para promover la seguridad y salud en el ámbito del sector.

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