Andalucía garantiza la continuidad y simplificación de los procedimientos de evaluación ambiental

El Parlamento andaluz ha dado luz verde al proyecto de Ley que modifica la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (GICA)
Andalucía garantiza la continuidad y simplificación de los procedimientos de evaluación ambiental
Andalucía garantiza la continuidad y simplificación de los procedimientos de evaluación ambiental
23-12-2015

El Parlamento andaluz ha dado luz verde al proyecto de Ley que modifica la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (GICA) para adaptarla a la norma estatal de Evaluación de Impacto Ambiental, una iniciativa que contribuirá al fomento de la actividad económica y a la creación de empleo en Andalucía. Con ello se evita además problemas de interpretación y discrepancias entre ambas normativas, garantizando tanto el mantenimiento de los procedimientos simplificados vigentes en la comunidad autónoma como la seguridad jurídica para los distintos operadores económicos e institucionales.

Durante su intervención en el Parlamento andaluz, el consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal, ha asegurado que esta modificación va a permitir seguir aplicando en su totalidad la Ley GICA y continuar avanzando en la simplificación y aceleración de procedimientos administrativos, además de eliminar trabas para el fomento de la actividad económica en Andalucía.

Para Fiscal, el trabajo realizado en la tramitación de este proyecto en la Cámara andaluza se ha caracterizado por el consenso y el diálogo constructivo. No en vano se han considerado 62 enmiendas de los grupos parlamentarios, las cuales han contribuido a enriquecer la citada norma.

En relación con la legislación de calidad ambiental, el proyecto introduce tres novedades. Por un lado, los ajustes normativos permitirán mantener el modelo de Autorización Ambiental Unificada (AAU), vigente en Andalucía desde la entrada en vigor de la Ley GICA en 2007 pero no previsto en la legislación básica estatal. En segundo lugar, se unifican los procedimientos de evaluación ambiental de los planes y programas de las administraciones públicas, lo que agilizará los trámites que afectan al planeamiento urbanístico y a otras estrategias de planificación. Finalmente, se elimina el procedimiento de calificación ambiental hasta ahora aplicable a 35 actividades económicas de bajo impacto, para las que tan sólo será necesaria la presentación de una declaración responsable de los efectos ambientales por parte de sus promotores.

La primera de estas novedades permitirá seguir aplicando en Andalucía la fórmula de la AAU, que integra en una resolución única la declaración de evaluación de impacto ambiental y todos los demás pronunciamientos sobre esta materia en ámbitos como el forestal, los espacios naturales protegidos, la gestión del agua o las vías pecuarias, todos ellos competencia de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Al tramitarse de una vez, la AAU simplifica y acelera múltiples procedimientos administrativos que pueden afectar a una actividad o proyecto.

Además de los cambios referidos a la evaluación ambiental, la norma modifica también la Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía con el fin de garantizar al máximo la protección de los recursos hídricos en los procesos de elaboración de la planificación urbanística y de ordenación del territorio. Para ello se cambia, de positivo a negativo, el sentido del silencio administrativo en caso de que el órgano competente en materia de agua no emita sus informes en el plazo previsto de tres meses. Con la modificación aprobada, esta circunstancia se entenderá como un pronunciamiento desfavorable.

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