ASAGUA reclama visión de futuro para acometer el Plan Nacional de Calidad de las Aguas
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La Asociación Española de Empresas de Tecnologías del Agua, ASAGUA, ha celebrado su Asamblea Anual, en la que su presidente destacó la situación de atonía que atraviesa el sector por el parón continuado de las inversiones. La crisis ha provocado que la inversión en infraestructuras cayera progresivamente hasta ser casi inexistente, desembocando en una pérdida importante de actividad –con tremendos efectos en el empleo-, en un sector que es motor de nuestra economía.
La escasísima dotación presupuestaria –mínima desde 2011- afecta a la licitación de nuevos contratos. Como ejemplo, el presupuesto de la Dirección General del Agua en 2013 supuso la sexta parte que en 2010.
Para el director general de ASAGUA “en una situación tan crítica, el gobierno debe establecer ya, de forma urgente, un marco legal para desarrollar fórmulas de colaboración público privada, para que las empresas y las administraciones públicas encuentren la debida seguridad sin que se afecte al déficit público”.
La colaboración público-privada se ha materializado en las concesiones, fórmula que debe matizarse para que no tenga incidencia en el déficit público y garantizar al agente privado sus expectativas de cobro. Para ASAGUA, las competencias en materia de aguas deberían trasladarse de los ayuntamientos a otros niveles administrativos, lo que conllevaría la creación de un regulador único.
“La modificación de la Ley de Bases de Régimen Local, ahora denominada de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ha sido una oportunidad perdida, por lo que esperamos que la Ley de Aguas cumpla esta reclamación del sector”, asegura su director general.
España necesita inversiones en materia de aguas y acciones legislativas para actualizar las normas que conforman el sector. Sin olvidar la nueva Ley de Aguas, actualmente en desarrollo, la norma de cabecera en materia de abastecimiento, saneamiento y depuración es la Directiva Marco del Agua, cuyo incumplimiento por España le ha supuesto la apertura de varios procedimientos que pueden culminar con fuertes sanciones pecuniarias, sin perjuicio de que se haga lo necesario para que cesen los incumplimientos. La segunda norma de referencia es el Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2007-2015 (PNCA), que nació para cumplir los objetivos no alcanzados por el anterior plan (1995-2005) y las nuevas necesidades planteadas por la Directiva y por el Programa Agua.
España precisa entre 10.000 y 15.000 millones de euros para infraestructuras del agua rentables y además reactivar la inversión en conservación y mantenimiento de las existentes, más un plus para rehabilitar el patrimonio hidráulico que haya resultado deteriorado a causa de la poca inversión habida en los últimos años. Y entre esas necesidades, por ejemplo las 900 nuevas depuradoras que precisa el país. Lograr un contexto normativo claro y estable de colaboración público-privada, supondría un impulso de financiación y se podrían licitar los contratos que, debido al escaso presupuesto público, se han visto paralizados. Para 2014 se preveía que el presupuesto para las actuaciones en el sector del agua fuese de 2.284 millones de euros, muy por debajo de lo necesario y de lo contemplado en el Plan Nacional de Calidad de las Aguas.
“Hay que construir las infraestructuras necesarias y mantener el patrimonio hidráulico que ahora se encuentra en estado de riesgo de deterioro prematuro si no se actúa con prontitud”, asegura ASAGUA.
Es evidente que la escasa inversión pública, requiere de una entrada de capital privado para colaborar con el público y poder así invertir y cumplir con la Directiva Marco del Agua. Esta colaboración público-privada demanda un marco legal adecuado que dote de seguridad jurídica a las empresas, por eso, desde ASAGUA, “esperamos y confiamos que la anunciada Ley de Aguas sea el principio de una nueva época”.
Es imprescindible cumplir el Plan Nacional de Calidad de las Aguas: saneamiento y depuración 2007-2015 (PNCA), que contempla una inversión total de 19.007 millones euros, aplicar el principio de recuperación de costes y establecer el marco legal en el que se ha de desenvolver la colaboración público-privada.
La ley sectorial deberá establecer un marco estable y seguro que permita y anime a la inversión privada, debería recoger las experiencias existentes y establecer un régimen económico financiero de la utilización del dominio público hidráulico (canon de control de vertidos, tarifas por tramos de consumo para el suministro, canon de regulación y tarifa de utilización del agua), que permita generar ingresos suficientes para cubrir el mantenimiento y conservación de las infraestructuras existentes y la ejecución de otras nuevas.
La Directiva Marco del Agua aprobada en 2000 impuso que se repercutieran todos los costes en el precio del agua, incluidos los de las infraestructuras, algo que en la práctica no se cumple o no con la debida ortodoxia. En los últimos dos años han aparecido nuevas figuras impositivas, la mayoría en las Comunidades Autónomas, cuya finalidad no está clara y que recaudan impuestos sobre el agua que no van -en muchas ocasiones- al agua. Esto, unido a que el precio que pagamos por el agua es un precio político, es decir, muy por debajo del precio real, provoca que no se cubran los costes y, por ende, incumplamos la Directiva Marco del Agua.
Los programas de medidas contemplados en los Planes Hidrológicos recientemente aprobados, que debidamente suplementados pasaran a los nuevos y al Plan Hidrológico Nacional, suponen un reto claro para la Administración, pues no en vano señalan las actuaciones, incluidas las nuevas infraestructuras que son necesarias ejecutar, y plasma la planificación hidrológica de España.
Los precios del agua fueron otro de los puntos tratados en la Asamblea: “el precio del agua debe ser un compendio de todos sus costes, incluido el de las infraestructuras y su reposición, pero al tratarse de un precio político el consumidor no paga lo que cuesta y la diferencia recae en todos los ciudadanos y en los operadores”.
Para poder ejecutar todas las actuaciones necesarias en materia de abastecimiento, saneamiento y depuración y asegurar la sostenibilidad del sistema, es imprescindible aplicar el principio de la recuperación de los costes, es decir, que el usuario pague el precio real del agua, incluidos los costes de las infraestructuras.
Resolver esta cuestión y hacer que el consumidor final, y no el ayuntamiento, sea quien pague el servicio, es vital para establecer el marco legal en el que se desenvuelva la cooperación público-privada. Asimismo, se debe trabajar para evitar aplicar, por parte de las Administraciones Públicas, figuras impositivas a los servicios urbanos de agua, de forma heterogénea y no armónica, y que no sean finalistas y acordes con los posibles costes ambientales y del recurso que pueden alterar artificialmente el precio al usuario y provocar diferencias interregionales. Los posibles cánones concesionales deben ser evitados o solo permitidos si son finalistas y su aplicación se produce como inversión o van destinados a la asunción de costes operativos en los propios servicios del agua.