El superávit autonómico y local podrá destinarse a inversiones financieramente sostenibles hasta 2027

Un nuevo Real Decreto-ley permitirá movilizar el superávit de 2024 para impulsar la inversión pública, reforzar la sostenibilidad de las finanzas territoriales y sacar adelante proyectos de alto impacto social y ambiental

En primer término, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley mediante el cual se permitirá a las comunidades autónomas y a las entidades locales utilizar el superávit obtenido en sus cuentas durante 2024 para destinarlo a inversiones financieramente sostenibles (IFS) en los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

 

Objetivo: reforzar la inversión pública sin comprometer la estabilidad

 

Con esta norma se persigue favorecer la actividad inversora de ambas administraciones, aprovechando que la situación financiera de muchos territorios les ha permitido generar superávit y remanentes de tesorería en los últimos años. De este modo, los recursos generados en 2024, tanto en el caso de las comunidades autónomas como de las entidades locales, podrán destinarse a las IFS, que contribuirán al desarrollo de proyectos de interés público, sin que estos importes computen en la regla de gasto de 2025, 2026 y 2027.

 

Flexibilidad en la ejecución de las inversiones

Además, en el supuesto de que un proyecto de IFS no pueda ejecutarse íntegramente antes del 31 de diciembre de 2026, la parte restante del gasto autorizado se podrá comprometer y reconocer en el ejercicio siguiente, financiándose con cargo al remanente de tesorería del año inmediatamente anterior, y siempre con el límite del importe del superávit de 2024.

 

En todo caso, los proyectos de inversión deberán haberse iniciado antes del 31 de diciembre de 2026.

 

Filosofía y características de las inversiones 

Bajo la denominación de inversiones financieramente sostenibles (IFS) se engloban aquellas inversiones que, en el largo plazo, tengan un impacto positivo sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas de las entidades locales y comunidades autónomas y que, durante su ejecución, mantenimiento y liquidación, permitan cumplir con los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública.

Estas inversiones deben ser económicamente sostenibles a lo largo de su vida útil y no computan en el gasto del ejercicio en que se ejecutan a efectos de la aplicación de la regla de gasto, aunque sí lo hacen a efectos del cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.

Asimismo, para poder beneficiarse de esta regla especial de destino del superávit presupuestario, las administraciones territoriales han de cumplir con el período medio de pago a proveedores previsto en la normativa sobre morosidad.

 

Destino de las IFS en las entidades locales

En el ámbito de las entidades locales, las IFS se pueden destinar a la prestación de servicios esenciales, tales como alcantarillado, abastecimiento de agua, recogida de residuos o alumbrado público, así como a la mejora de los sistemas productivos y de los diversos sectores económicos, infraestructuras de transporte, centros docentes, asistencia social primaria, vivienda, recursos hidráulicos o sociedad de la información, entre otros ámbitos.

 

Líneas de inversión para comunidades autónomas

Por su parte, las comunidades autónomas podrán realizar inversiones con efectos positivos para el cambio climático, que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética, o bien que se trate de actuaciones que permitan evitar gastos recurrentes o que implique ahorros en ejercicios futuros, todo ello dentro de los ámbitos de competencia que tienen asumidos.

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