La CNMC emite recomendaciones sobre el convenio marco de gestión de residuos de envases

El organismo advierte sobre la necesidad de coordinación, neutralidad competitiva y acceso equitativo entre los SCRAPs en el nuevo marco normativo
Entidad
08-08-2025

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado la propuesta de convenio prevista en el artículo 33 del Real Decreto 1055/2022, que regula los envases y residuos de envases, y que será clave en la adaptación a las nuevas exigencias de la responsabilidad ampliada del productor (RAP). Este acuerdo marco, elaborado por las comunidades autónomas y la Administración central en el seno del Grupo de Trabajo de Envases, busca establecer los criterios de financiación y, en su caso, la organización de la gestión de residuos cuando intervengan las administraciones públicas.

 

Un contexto de cambio para la gestión de envases

Hasta 2024, el sistema de gestión de envases domésticos estaba dominado por dos Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAPs)Ecoembes, para envases ligeros y papel-cartón, y Ecovidrio, para envases de vidrio. Sin embargo, la nueva normativa abre la puerta a la entrada de nuevos operadores, lo que exige mecanismos claros de coordinación y reparto de responsabilidades.

En este modelo, las empresas que ponen en el mercado productos envasados —vidrio, plástico, briks, latas, entre otros— financian la recogida y tratamiento de esos residuos a través de los SCRAPs, que a su vez establecen convenios con los ayuntamientos u otras entidades locales, encargados habitualmente de la recogida municipal.

 

Claves de las recomendaciones de la CNMC

En su informe, la CNMC subraya la necesidad de coordinar eficazmente a todos los agentes implicados para garantizar la eficiencia del sistema y evitar distorsiones competitivas, dada la relevancia medioambiental y sanitaria del servicio y la histórica situación de monopolio. Entre sus principales recomendaciones destacan:

  • Modelo único de gestión a nivel nacional, evitando fórmulas mixtas que añadan complejidad.

  • Organismo de coordinación y supervisión independiente para prevenir y resolver conflictos entre SCRAPs.

  • Asignación de responsabilidades según cuota de mercado, calculada por un ente público independiente.

  • Acceso no discriminatorio a elementos esenciales, como la plataforma de facturación.

  • Neutralidad competitiva en la negociación, firmando el convenio con todos los SCRAPs operativos.

En cuanto al propio texto del convenio, la CNMC propone incluir mecanismos de arbitraje si no hay acuerdo para designar a los representantes de la Comisión de Seguimiento, definir los supuestos para aplicar una mayoría cualificada en lugar de consenso, y designar a una institución como experto independiente para resolver discrepancias.

La CNMC recuerda que, conforme a la Ley 3/2013, puede emitir informes de forma consultiva a solicitud de administraciones, organismos y entidades representativas, o actuar de oficio cuando lo estime necesario.

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