Qué cambia con la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM): simplificación, más control y nueva licencia ambiental

El Parlamento andaluz aprueba la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM), que sustituye a la GICA, unifica procedimientos, reduce plazos y refuerza la inspección y la participación ciudadana en materia ambiental

El Parlamento de Andalucía ha aprobado la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM)una norma que sustituye a la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) y actualiza en profundidad el marco autonómico en materia de protección, prevención y control ambiental.

La nueva legislación se enmarca en una estrategia más amplia de refuerzo de la política ambiental andaluza, que en los últimos meses ha combinado actualización normativa e impulso inversor, como ya avanzó el Ejecutivo autonómico con el plan para biodiversidad, residuos y acción climática recientemente presentado por la Junta de Andalucía. En este contexto, la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM) actúa como pilar jurídico que articula y ordena estas líneas de actuación.

La LEGAM integra en un único texto las reformas parciales y decretos de simplificación aprobados desde 2019, adaptando la normativa andaluza a los cambios producidos en el ámbito europeo y estatal durante las dos últimas décadas. El nuevo texto se estructura en 197 artículos distribuidos en nueve títulos, junto con disposiciones adicionales, transitorias y finales.

 

Sustitución de la GICA y nueva planificación estratégica

Entre las principales novedades de la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM) destaca la creación de la Estrategia Marco de Medio Ambiente, que actuará como instrumento de planificación estratégica de referencia para la comunidad autónoma. También se crea el nuevo Consejo Asesor de Medio Ambiente de Andalucía, que sustituye al actual Consejo Andaluz del Medio Ambiente y contará con representación de agentes sociales, económicos y entidades locales.

La norma persigue reforzar la seguridad jurídica y agilizar los pronunciamientos ambientales, reduciendo trámites y duplicidades administrativas. El objetivo es alcanzar un alto nivel de protección ambiental garantizando al mismo tiempo el desarrollo sostenible y la calidad de vida de la ciudadanía.

Asimismo, la ley consolida principios como la ecoeficiencia, el uso racional de los recursos naturales y la economía verde y circular, alineando la política ambiental andaluza con los retos climáticos actuales. 

 

Cambios en el ámbito local: nueva Licencia Ambiental

Uno de los cambios más relevantes que introduce la LEGAM afecta al nivel municipal. La norma crea la Licencia Ambiental, que sustituye a la antigua Calificación Ambiental otorgada por los ayuntamientos.

Además, muchas actuaciones que antes se tramitaban como Calificación Ambiental pasarán a resolverse mediante Autorización Ambiental Unificada Simplificada (AAUS), asumiendo la Junta la resolución de 49 categorías de actuaciones que antes correspondían a los municipios. Otras 33 categorías se simplifican mediante la Declaración Responsable de los Efectos Ambientales (DR-EA), un procedimiento más ágil para las corporaciones locales.

La ley también unifica 21 categorías de instalaciones atendiendo a un umbral común, aportando coherencia y mayor seguridad jurídica en la tramitación.

 

Reducción de plazos y simplificación administrativa

Uno de los avances más destacados de la Ley de Gestión Ambiental de Andalucía (LEGAM) es la reducción de los tiempos de tramitación. Los nuevos plazos se fijan en:

  • Seis meses para la Autorización Ambiental Integrada y la Autorización Ambiental Unificada.

  • Cinco meses para la Autorización Ambiental Unificada Simplificada.

  • Tres meses para la Licencia Ambiental.

  • Efectos inmediatos en el caso de la Declaración Responsable de los Efectos Ambientales.

Esta homogeneización de plazos busca facilitar la inversión sostenible sin rebajar las garantías ambientales.

 

La nueva ley fija plazos máximos de seis meses para las principales autorizaciones ambientales y crea la Licencia Ambiental en sustitución de la antigua Calificación Ambiental municipal.

 

Participación ciudadana y control ambiental reforzado

La LEGAM introduce un Registro de Participación Ciudadana en materia ambiental, en el que podrán inscribirse personas físicas y jurídicas interesadas en los procedimientos de evaluación y prevención ambiental. Con ello se refuerzan la transparencia y el acceso a la información.

La norma también actualiza el régimen sancionador e incorpora la figura de la prestación ambiental sustitutoria, que permitirá sustituir sanciones económicas por actuaciones de restauración, conservación o educación ambiental, reforzando el carácter reparador y pedagógico de las medidas.

En paralelo, se refuerzan las funciones de inspección, vigilancia y control ambiental, clarificando competencias entre administraciones y dotando a la Consejería de nuevos instrumentos para mejorar la coordinación con entidades locales.

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