Residuos: un nuevo horizonte regulatorio

Por José del Saz-Orozco y Clara Carazo, abogados de Urbanismo y Medio Ambiente de Pérez-Llorca
Residuos: un nuevo horizonte regulatorio
Residuos: un nuevo horizonte regulatorio
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20-06-2022
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El vector de los residuos es, junto con el de las emisiones, uno de los que más novedades normativas está experimentado a lo largo de los últimos años. Con un alcance integral, esta revisión normativa afecta a la totalidad del marco regulatorio, desde el ámbito internacional hasta el local.

Esta constante actualización hace necesario un repaso transversal de las principales medidas adoptadas, que podrían dividirse en dos grandes bloques en función del tipo de residuo objeto de regulación y de las medidas que se aplican: (i) los residuos plásticos –con medidas encaminadas a limitar su presencia en el mercado–; y (ii) los residuos de aparatos eléctricos, pilas y acumuladores, vehículos, buques y embarcaciones –con medidas que buscan asegurar la correcta gestión del residuo y la aplicación del principio de jerarquía de residuos–.

Residuos plásticos

Según datos de la OCDE (OECD (2022), Global Plastics Outlook: Economic Drivers, Environmental Impacts and Policy Options, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/de747aef-en), entre 2000 y 2019 la producción a nivel mundial de materiales plásticos desechables se incrementó desde 234 hasta 460 millones de toneladas. Este relevante aumento ha motivado que la prevención en la generación y la correcta gestión de los residuos plásticos se haya erigido como uno de los principales objetivos medioambientales a corto y medio plazo.

A nivel internacional, el pasado mes de febrero, la Asamblea de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente dio el primer paso en este sentido, acordando la redacción del primer tratado internacional para acabar con los residuos plásticos –un tratado que, una vez aprobado, podría suponer un hito medioambiental equiparable al Acuerdo de París o al Protocolo de Kyoto–.

En la misma línea, en el ámbito de la UE, destaca la Directiva (UE) 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, enfocada en seis líneas estratégicas: (i) restricciones directas a la introducción en el mercado de productos plásticos; (ii) reducción del consumo; (iii) requisitos de recogida; (iv) obligaciones de etiquetado y marcado; (v) responsabilidad ampliada del productor; y (vi) concienciación de la ciudadanía.

Como medida clave, destaca la prohibición de introducción en el mercado de determinados productos de plástico de un solo uso (e.g. cubiertos, vajillas, bastoncillos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido).

La transposición de esta Directiva en España ha tenido lugar mediante la reciente Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que sustituye a la anterior norma de 2011 y que centra especialmente sus esfuerzos en los residuos plásticos (dedicando el Título V exclusivamente a esta cuestión).

La nueva Ley de Residuos tendrá un importante impacto en el ámbito económico, al afectar de manera transversal a buena parte del tejido empresarial.

Además de la prohibición que ya preveía la Directiva de introducir estos productos en el mercado, la nueva ley contempla otras medidas relativas al eco-diseño de recipientes de plástico, mecanismos de recogida separada de botellas de plástico y la reducción de la comercialización de aquellos productos de plástico de un solo uso cuya comercialización no haya quedado prohibida.

Se prevé, por tanto, un importante impacto en el ámbito económico, al afectar de manera transversal a buena parte del tejido empresarial, que deberá adaptar diseños y empaquetados de producto a las nuevas restricciones impuestas.

Residuos de aparatos eléctricos, pilas y acumuladores, vehículos y buques

Otro de los ámbitos con especial protagonismo en el proceso de actualización normativa en materia de residuos es, sin duda, el de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos («RAEE»), pilas y acumuladores.

Así, la aprobación del Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, ha supuesto la creación de nuevos códigos LER para este tipo de residuos, con el objetivo de evitar que sean asignados a categorías genéricas, lo que dificulta su tratamiento. Esta mejora conlleva la actualización de las autorizaciones de los gestores de residuos y de los contratos entre productores y gestores autorizados.

Adicionalmente, en lo que respecta a los RAEE, el Real Decreto clarifica el régimen de garantías financieras que se deben prestar y el contenido que debe figurar en las facturas de comercialización de los aparatos eléctricos y electrónicos –para eliminar la problemática derivada de la diversidad de conceptos que figuraban en las facturas de las operaciones intermedias–.

El Real Decreto 265/2021, de 13 de abril se considera una de las normas más avanzadas a nivel europeo en materia de vehículos al final de su vida útil.

Respecto a los vehículos al final de su vida útil («VFU»), el Real Decreto 265/2021, de 13 de abril se considera una de las normas más avanzadas a nivel europeo en esta materia. En lo que respecta a la gestión de residuos, el nuevo Real Decreto viene a reforzar el régimen aplicable a los Centros Autorizados de Tratamiento («CAT») –únicos establecimientos que pueden comercializar piezas y componentes usados– e impulsar el principio de jerarquía en la gestión de los residuos, de tal manera que se asegure que las piezas y componentes comercializados han sido correctamente preparadas para su reutilización por un CAT autorizado.

Por último, cabe destacar el reciente Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques, cuya relevancia radica en ampliar su ámbito de aplicación: (i) a todo tipo de buques, independientemente de su pabellón, incorporando también a las embarcaciones deportivas; y (ii) a diferentes tipos de residuos –los desechos generados por buques, los residuos de carga y, como novedad, también los desechos pescados de manera no intencionada–.

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