Baleares aprueba su primera Ley de Residuos y Suelos Contaminados

Baleares aprueba su primera Ley de Residuos y Suelos Contaminados
Baleares aprueba su primera Ley de Residuos y Suelos Contaminados
25-06-2018

El Proyecto de Ley de la que será primera Ley de Residuos y Suelos Contaminados de las Islas Baleares, se ha aprobado en el Consejo de Gobierno con medidas pioneras, que pretenden luchar contra una problemática que causa estragos ambientales, como el abandono de residuos al medio natural. Los objetivos que ha marcado la normativa van más allá de los establecidos por la Comisión Europea y se pretende que, con su aplicación, en 2020 se haya reducido un 10% de los residuos generados respecto de 2010, y un 20% en 2030. Por esto, será necesario sustituir con alternativas más sostenibles muchos de los productos de plástico de un solo uso, como las vajillas de plástico, las pajitas para bebidas, los bastoncillos de las orejas y los palillos para caramelos. A estos productos se han añadido -teniendo en cuenta, así, algunas de las más de 400 aportaciones que ha tenido el Anteproyecto de ley durante el periodo de exposición pública- las bandejas destinadas a empaquetar productos alimenticios, que deberán ser compostables a partir de 2020, o los aros de plástico que sujetan paquetes de latas o botellas de bebidas, que deberán ser de material biodegradable a partir del mismo año.

Como estas medidas, la desaparición de las bolsas de plástico de un solo uso también ha sido avalada por la Estrategia del plástico presentada por la Comisión Europea. A partir de 2020 -un año después de lo previsto en el primer borrador de la normativa para favorecer que el pequeño comercio pueda deshacerse del stock disponible-, sólo se permitirá la distribución de bolsas de plástico compostables muy ligeras, siempre que se destinen únicamente a productos alimentarios para prevenir el desperdicio y / o por cuestiones de higiene o seguridad. A partir del mismo año se deberá evitar la venta de productos que contengan microplásticos o nanoplásticos y las versiones no reutilizables de encendedores, maquinillas de afeitar, cartuchos y tóners de impresora y fotocopiadora. 

En el mismo horizonte de 2020, las cápsulas desechables de café, infusiones, caldos y otros utilizadas en cafeteras deberán fabricar con materiales compostables o fácilmente reciclables. Además, los fabricantes o distribuidores de toallitas húmedas que se ofrecen en el mercado en las Islas Baleares deberán incorporar información sobre los efectos de estos productos en el medio ambiente. Asimismo, las ordenanzas municipales deberán incorporar medidas de prevención y minimización del abandono de residuos en las playas, como las colillas de tabaco o los envases. 

Para cumplir los objetivos, la Ley prevé también una racionalización en el uso de los envases, por lo que se deberán implicar tanto las instituciones públicas como los establecimientos privados. Así, se promoverá la instalación de fuentes de agua potable o el suministro en envases reutilizables y se prohibirá la distribución de bebidas en envases de un solo uso en las instituciones públicas. En los eventos públicos que cuenten con apoyo de las administraciones deberán implantar alternativas a la venta y distribución de bebidas envasadas y de vasos desechables. Por otra parte, los establecimientos de hostelería y restauración siempre ofrecerán a los clientes la posibilidad de consumir agua no envasada apta para el consumo humano, de manera gratuita y complementaria. 

Estos objetivos de reducción en la generación de residuos se medirán basándose en los kilogramos por habitante y año, que se calcularán de acuerdo con el índice de presión humana y no con la población de derecho, como hasta ahora. 

La nueva Ley, que deberá ser debatida en el Parlamento de las Islas Baleares, tiene también otros objetivos, como la reducción del desperdicio alimentario hasta el 50% para el año 2030 en relación con el 2020. Para ello, primero se hará un diagnóstico de la situación y a continuación se creará un código de buenas prácticas para reducirlo, que incluirá que los comercios y puntos de venta no puedan eliminar alimentos en buen estado. Además, la comida cocinada que sobre de comedores escolares, hospitales, residencias, grandes colectivos, grandes eventos, entre otros, se podrá entregar a comedores sociales y los particulares que lo necesiten, con la armonización previa de la normativa sanitaria. Asimismo, los restaurantes y los hoteles deberán facilitar a los clientes, si así lo desean, los restos de alimentos no consumidos en envases compostables, a excepción de los establecimientos que ofrezcan buffet o menús colectivos. 

En cuanto a los envases, el objetivo es reciclar el 75% antes del año 2030. Ese mismo año se quiere establecer un porcentaje máximo del 10% en la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. En cuanto al objetivo de reciclaje y preparación para la reutilización, este es de un 50% del peso 2020 para materiales como papel, metales, vidrio, plástico y biorresiduos de los residuos domésticos y de un 65% del año 2030. 

Por ello, la normativa fomenta la recogida separada de residuos en origen, que deberán asumir todos los establecimientos públicos y privados y los entes locales en un plazo de dos años. Desde la promulgación de esta ley todos los contratos de limpieza deberán prever esta separación en origen.

También se deberá ofrecer la recogida diferenciada de materia orgánica compostable, aceite vegetal usado, residuos textiles y residuos peligrosos, todos estos de origen domiciliario. Se establece, asimismo, adelantándose a los objetivos europeos, que, antes de 2025, un 3% de los residuos domésticos gestionados se preparen para reutilizarlos, prioritariamente con la intervención de entidades de carácter social, y que este porcentaje llegue al 5% en el año 2030. 

Por este motivo, en dos años y por primera vez, se exige a todos los municipios que garanticen el servicio de recogida a sus ciudadanos, ya sea de manera independiente o mancomunada, así como un espacio de recepción y almacenamiento selectivo de residuos y de productos usados, averiados o no, pero que ya no interesan al propietario, con el objetivo de que puedan ser reaprovechados, reutilizados o reparados para reutilizarlos. La Ley incluye también el fomento de la recuperación, clasificación y reutilización de los documentos que contengan valor patrimonial, histórico o cultural importante, como mapas, revistas o libros.

La Ley recoge el principio de «quien contamina paga», y prevé bonificaciones para buenas prácticas y para colectivos en riesgo de exclusión social. Igualmente, exige transparencia en las tarifas, las tasas y los precios públicos de recogida y de tratamiento. Además, los gestores de residuos registrados, sean peligrosos o no, estarán obligados a presentar los datos relativos a los residuos producidos y gestionados durante el año anterior. Por otra parte, los sistemas de responsabilidad ampliada del productor deberán facilitar al Gobierno los datos de los productos puestos en el mercado en las Islas Baleares. 

En este marco, se crea el Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Islas Baleares, por lo que los productores estarán obligados a elaborar y enviar al Gobierno un estudio de minimización en la producción de residuos cada cuatro años para los grandes generadores. 

En cuanto al traslado de residuos, desde la entrada en vigor de la normativa quedará prohibida la importación de residuos con destino a plantas de tratamiento públicas ubicadas en el territorio de las Islas Baleares. Así, se cumple uno de los acuerdos de gobernabilidad de detener esta importación. Además, no se podrá incinerar ni verter ningún tipo de residuos sin que antes haya habido un pretratamiento. 

Conscientes del cambio de hábitos y costumbres que conllevará la entrada en vigor de la Ley, se apuesta por la educación ambiental estableciendo acciones de formación y concienciación social hasta el punto de que los contratos de recogida o tratamiento de residuos con licitación pública han destinar un 1% a estas acciones de sensibilización. 

La Ley recoge también la creación de un inventario de suelos degradados y contaminados de las Islas Baleares y prevé la recuperación voluntaria. 

La Ley de residuos y suelos contaminados de las Islas Baleares se estructura en nueve títulos, seis disposiciones adicionales, seis disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. En total, contiene ochenta artículos y seis anexos y es fruto de un proceso líder durante el cual se han recibido más de 800 aportaciones. Se han efectuado 34 entrevistas a profesionales, públicos y privados, de las diferentes Islas, dedicados a la gestión de residuos, y se han mantenido reuniones sectoriales y con los consejos insulares, además de llevarse a cabo 6 talleres en todas las Islas, en los que han participado 135 personas a partir de un primer borrador de la normativa.

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