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Bruselas da dos meses a España para completar la transposición de la Directiva sobre residuos electrónicos

La CE eleva el procedimiento de infracción por la falta de transposición plena de las nuevas reglas sobre RAEE, que aclaran, entre otras cuestiones, la responsabilidad sobre los costes de gestión de los paneles fotovoltaicos
01-10-2026

La Comisión Europea ha enviado un dictamen motivado a España por no haber notificado todavía la transposición completa de las modificaciones introducidas en la normativa comunitaria sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). El país dispone ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias antes de que Bruselas pueda llevar el procedimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La decisión afecta también a Bulgaria, Chequia, Chipre, Luxemburgo, Polonia y Rumanía, que se encuentran en la misma fase del procedimiento de infracción. Los Estados miembros debían haber incorporado plenamente la Directiva 2024/884/UE a sus respectivos ordenamientos nacionales antes del 9 de octubre de 2025.

La normativa modifica la Directiva 2012/19/UE sobre RAEE, cuyo objetivo es prevenir la generación de estos residuos y favorecer su reutilización, reciclado y valorización, además de mejorar la eficiencia en el uso de los recursos.

 

La gestión de los paneles fotovoltaicos, entre las claves de la reforma

Una de las cuestiones centrales de la modificación afecta a la financiación de la gestión de los residuos procedentes de paneles fotovoltaicos. El cambio legislativo responde a una sentencia del TJUE de enero de 2022 y busca aportar seguridad jurídica sobre qué productores deben asumir determinados costes.

Las nuevas reglas pretenden garantizar que los costes asociados a la gestión de estos residuos recaigan sobre los productores de acuerdo con el marco europeo, incluyendo determinadas situaciones relacionadas con productos introducidos en el mercado antes de la entrada en vigor de la Directiva de 2012.

Al mismo tiempo, la reforma aclara que esta normativa no se aplica a los paneles fotovoltaicos comercializados entre el 13 de agosto de 2005 y el 13 de agosto de 2012.

 


La modificación busca aclarar quién debe asumir determinados costes derivados de la gestión y eliminación de los residuos de paneles fotovoltaicos

 

Cambios también para otros aparatos eléctricos y electrónicos

La revisión introduce igualmente precisiones sobre los denominados aparatos eléctricos y electrónicos de ámbito de aplicación abierto. En concreto, establece que las disposiciones afectadas no se aplican a los equipos introducidos en el mercado entre el 13 de agosto de 2005 y el 15 de agosto de 2018.

El objetivo es adaptar el marco normativo a la jurisprudencia europea y evitar incertidumbres sobre las obligaciones financieras asociadas a residuos generados por productos comercializados en diferentes periodos.

La Comisión considera fundamental completar la transposición para armonizar las legislaciones nacionales y aportar seguridad jurídica a productores y gestores de RAEE sobre las responsabilidades económicas derivadas del tratamiento de estos residuos.

 

El procedimiento contra España entra en una nueva fase

La Comisión ya había enviado en noviembre de 2025 una carta de emplazamiento a España y a los otros seis Estados miembros afectados por no haber comunicado la transposición completa de la Directiva.

Al considerar que las medidas todavía no han sido notificadas plenamente, Bruselas eleva ahora el procedimiento mediante un dictamen motivado, la fase previa a una posible remisión del expediente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

España y los otros seis países disponen de dos meses para responder a la Comisión y adoptar las medidas necesarias. Si la respuesta no resulta satisfactoria, Bruselas podrá decidir llevar el caso ante el TJUE.

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