Consejo y Parlamento europeo acuerdan nuevas normas de economía circular para vehículos al final de su vida útil

La norma amplía el alcance, fija objetivos de contenido reciclado, mejora la trazabilidad y limita exportaciones de vehículos que no estén en condiciones de circular

La Presidencia del Consejo y los representantes del Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre el reglamento relativo a los requisitos de circularidad para el diseño de vehículos y la gestión de los vehículos al final de su vida útil (VFVU). Las nuevas normas sustituirán a las dos directivas vigentes y establecerán requisitos para garantizar que los vehículos nuevos se diseñen de forma que favorezcan su reutilización, reciclaje y valorización.

En el marco del Pacto Verde Europeo y del Plan De Acción Para La Economía Circular, el nuevo reglamento busca impulsar la transición del sector de la automoción hacia un modelo más circular. Las medidas cubren todo el ciclo de vida del vehículo —desde el diseño y la producción hasta el tratamiento final— con el doble objetivo de reforzar la protección ambiental y garantizar el correcto funcionamiento del mercado único.

Un objetivo clave es abordar el problema persistente de los vehículos desaparecidos mediante medidas mejoradas de trazabilidad y control.

Magnus Heunicke, Ministro de Medio Ambiente de Dinamarca ha señalado:

 

“Este acuerdo provisional supone un paso significativo hacia una economía circular para el sector automovilístico europeo. Hemos logrado un acuerdo sobre un marco sólido que elimina lagunas legales, garantiza la conservación de materiales valiosos dentro de la economía de la UE y frena la exportación de vehículos contaminantes y no aptos para circular a terceros países. El nuevo reglamento impulsará la innovación en diseño sostenible y creará un mercado más sólido y limpio para materiales y componentes.”

 

Elementos principales del Acuerdo

El nuevo reglamento amplía significativamente el alcance de las directivas anteriores para cubrir más categorías de vehículos, capturando así una mayor proporción de la flota de vehículos y componentes de la UE para los requisitos de la economía circular.

Se mantiene plenamente aplicable a: turismos y furgonetas comerciales ligeras. Además, se amplían requisitos de tratamiento (recogida, descontaminación, retirada obligatoria de piezas) a: vehículos pesados habituales (por ejemplo, camiones), motocicletas, vehículos especiales (tanto pequeños como pesados). Como exención acordada se encuentran los fabricantes de vehículos pesados especiales de pequeño volumen

 

Diseño circular 

Los colegisladores establecieron requisitos para garantizar que los vehículos nuevos estén diseñados para facilitar el reciclaje, la reutilización y la refabricación de piezas y componentes. Un elemento fundamental del acuerdo es la introducción de objetivos obligatorios de contenido reciclado, especialmente en plásticos, para vehículos nuevos.

Objetivos graduales de plásticos reciclados (10 años):

  • 15% en 6 años

  • 25% en 10 años

Condición clave (circuito cerrado):

  • Un mínimo del 20% del plástico reciclado deberá proceder de reciclaje de circuito cerrado (material recuperado de vehículos al final de su vida útil), para conservar materiales valiosos dentro de la economía circular de la UE.

Próximos objetivos para otros materiales:

  • Tras un estudio de viabilidad que finalizará en el plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento, la Comisión debe introducir objetivos futuros para: acero reciclado, aluminio, magnesio y otras materias primas críticas, mediante un acto delegado.

    Criterio principal de cumplimiento:

  • Garantizar que los objetivos se alcancen mediante el aprovechamiento de residuos posconsumo.

 

Estado y trazabilidad del vehículo

En la UE, alrededor de 3,5 millones de vehículos desaparecen sin dejar rastro de las carreteras cada año, y son exportados, desmantelados o eliminados ilegalmente. Para abordar los “vehículos desaparecidos” y el desmantelamiento ilegal, el acuerdo introduce normas más claras sobre la distinción entre vehículo usado y vehículo al final de su vida útil (Vfu).

Determinación de residuo (Vfu):

  • Se fija un conjunto claro de criterios para determinar definitivamente cuándo un vehículo se considera residuo.

    Consecuencia regulatoria:

  • Cuando un vehículo cumple los criterios, debe ser tratado por un Centro De Tratamiento Autorizado (Cta) y no puede exportarse ni revenderse legalmente como vehículo usado.

    Transmisiones de propiedad (operadores económicos):

  • Se establece un marco estricto para transmisiones de propiedad por parte de operadores económicos.

    Transmisiones entre particulares (enfoque basado en riesgo):

  • Se exige documentación en situaciones con mayor probabilidad de desaparición de vehículos, como:

    • Cuando el vehículo es declarado pérdida total económica por una compañía de seguros.

    • Cuando la venta se realiza a través de una plataforma en línea, exclusivamente sin entrega física del vehículo entre vendedor y comprador.

 

Responsabilidad extendida

El acuerdo fortalece significativamente el principio de Responsabilidad Ampliada Del Productor (RAP), haciendo que los productores sean financiera y organizativamente responsables de todo el ciclo de vida de sus vehículos.

Alcance de la Rep:

  • Promoción del diseño para la circularidad.

  • Recogida gratuita y tratamiento adecuado de todos los Vfu.

    Mecanismo clave para el mercado único:

  • Se establece un mecanismo de Rep transfronterizo, garantizando responsabilidad financiera independientemente del Estado miembro en el que el vehículo llegue al final de su vida útil.

 

Exportaciones

El reglamento prohíbe la exportación de vehículos usados que ya no estén en condiciones de circular, para cumplir los compromisos de la UE de no contribuir a la contaminación en terceros países y conservar materiales valiosos en su territorio.

El acuerdo provisional debe ser refrendado por el Consejo y el Parlamento antes de su adopción formal. El reglamento entrará en vigor dos años después de su entrada en vigor.

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