El nuevo Reglamento europeo de envases ya se aplica: estos son los principales cambios que llegarán hasta 2030
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Desde el pasado 12 de agosto de 2026 es aplicable con carácter general en la Unión Europea el Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases (PPWR), que inaugura un nuevo marco común destinado a reducir la generación de residuos, aumentar la reutilización y el reciclaje y armonizar las reglas que deben cumplir los envases comercializados en el mercado europeo.
Sin embargo, la entrada en aplicación del Reglamento no supone que todas sus obligaciones comiencen a exigirse al mismo tiempo. El PPWR establece un despliegue progresivo que se extenderá durante los próximos años y que introducirá cambios en ámbitos como el etiquetado, la reutilización, el contenido reciclado, la reciclabilidad o determinados formatos de un solo uso.
La Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea han detallado, coincidiendo con el inicio de su aplicación, algunos de los principales cambios previstos y el calendario que marcará su desarrollo.
La nueva regulación responde a una tendencia que la UE considera insostenible. Según los últimos datos recogidos por el Consejo, en 2021 los Estados miembros generaron 84 millones de toneladas de residuos de envases, un 24 % más que en 2010, lo que equivale a más de 188 kilogramos por habitante.
Los envases representan además alrededor de un tercio de los residuos sólidos municipales de la UE y, si no se adoptaran nuevas medidas, su generación podría aumentar otro 19 % de aquí a 2030. En el caso específico de los residuos de envases de plástico, la Comisión estima que ese incremento podría alcanzar el 46 %.
Aunque las tasas de reciclaje en la UE han aumentado un 23 % respecto a 2010, este avance no ha sido suficiente para seguir el ritmo del incremento de los residuos de envases generados, ampliando la brecha entre generación y reciclaje durante los últimos años.
El PPWR ya es aplicable en la Unión Europea, pero buena parte de sus cambios más relevantes se desplegarán de forma gradual entre 2026 y 2030.
Primeras medidas: restricciones a los PFAS en envases alimentarios
Entre las medidas que comienzan a aplicarse con el nuevo Reglamento se encuentra la restricción de las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en los envases en contacto con alimentos.
A partir del 12 de agosto, los envases destinados al contacto alimentario que contengan estas sustancias por encima de los límites establecidos por la normativa no podrán comercializarse en el mercado de la Unión Europea.
Los PFAS, conocidos habitualmente como "sustancias químicas eternas" por su elevada persistencia, se han utilizado en determinados envases para aportar resistencia al agua o a las grasas. La Comisión cita, entre otros ejemplos, los recipientes de comida para llevar, envoltorios de comida rápida, bolsas de palomitas para microondas, papeles destinados a productos de panadería o cajas de pizza.
La restricción busca reducir tanto la exposición de los consumidores como la liberación de estas sustancias al medio ambiente. Para facilitar su aplicación, la Comisión publicó en marzo de 2026 orientaciones dirigidas a empresas, autoridades nacionales y otros agentes afectados.
La comisaria europea de Medio Ambiente, Resiliencia Hídrica y Economía Circular Competitiva, Jessika Roswall, ha señalado que el nuevo Reglamento permitirá reducir residuos, aumentar el reciclaje, limitar determinadas sustancias nocivas y disminuir la dependencia europea de materias primas vírgenes, aunque ha reconocido también los costes de adaptación que conllevará para los operadores.
Un etiquetado armonizado a partir de 2028
Uno de los siguientes grandes cambios llegará a partir de 2028, cuando comenzará a aplicarse en toda la UE un sistema armonizado de etiquetado de los envases.
El objetivo es que los consumidores puedan identificar con mayor facilidad cómo deben separar cada envase y en qué flujo de residuos debe depositarse. Las nuevas reglas permitirán también ofrecer información sobre cuestiones como los materiales empleados, la compostabilidad o el contenido reciclado.
La Comisión espera que la armonización facilite la clasificación de los residuos y aumente la eficiencia de los flujos destinados al reciclaje y al compostaje. Según sus estimaciones, el nuevo sistema permitirá además ahorrar a la industria del envasado varios miles de millones de euros a lo largo de los años.
El Reglamento pretende, de este modo, sustituir los diferentes requisitos nacionales por un marco común para todo el mercado interior, aportando una mayor seguridad jurídica y facilitando la actividad de las empresas que comercializan productos en más de un país de la UE.
El nuevo marco europeo no se limita al reciclaje: incorpora medidas de prevención, minimización, reutilización y contenido reciclado a lo largo de todo el ciclo de vida de los envases.
2029: objetivo del 90 % de recogida para determinadas botellas y latas
El Reglamento fija asimismo nuevas exigencias relacionadas con la recogida de determinados recipientes de bebidas.
De aquí a 2029, los Estados miembros deberán garantizar la recogida separada anual de al menos el 90 % de las botellas de plástico de un solo uso y de los recipientes metálicos para bebidas, para lo que la normativa contempla el establecimiento de sistemas de depósito y devolución en los casos previstos.
Esta medida forma parte de un planteamiento más amplio dirigido a mejorar la recuperación de materiales y generar flujos de residuos que puedan reincorporarse posteriormente a nuevos procesos productivos.
2030, el gran punto de inflexión
Buena parte de las transformaciones más visibles previstas por el Reglamento se concentrarán a partir de 2030.
Entre ellas se encuentran nuevos límites al espacio vacío de los envases, restricciones sobre determinados formatos de plástico de un solo uso y objetivos de reutilización para diferentes sectores y tipos de envases.
Las nuevas normas buscan reducir el sobreenvasado y exigirán minimizar la cantidad de material necesario para los envases. El Consejo pone como ejemplos prácticas como las paredes dobles, los falsos fondos o los embalajes desproporcionadamente grandes en relación con el producto que contienen.
También se restringirán determinados formatos de plástico de un solo uso, entre ellos algunos utilizados para productos consumidos en restaurantes y cafeterías, sobres monodosis de condimentos, determinados envases de frutas y verduras frescas y envases miniatura de productos de aseo utilizados en hoteles, además de determinadas bolsas de plástico muy ligeras, salvo cuando sean necesarias por motivos de higiene.
La reutilización adquirirá igualmente un mayor peso. El PPWR establece objetivos para distintos sectores y formatos con el propósito de ampliar las posibilidades de reutilizar, rellenar y devolver los envases, incluidos determinados recipientes empleados en el consumo para llevar.
Todos los envases deberán avanzar hacia la reciclabilidad
A partir de 2030 se aplicará también el requisito de que todos los envases sean reciclables, dentro del objetivo europeo de avanzar hacia envases comercializados en la UE que puedan reciclarse de forma económicamente viable.
Desde ese mismo año también comenzarán a aplicarse requisitos mínimos de contenido reciclado en los envases de plástico, con el objetivo de aumentar la utilización de plásticos reciclados y reducir la dependencia de materias primas vírgenes.
Estas medidas buscan cerrar el ciclo de los materiales: no solo aumentar la recogida y el reciclaje, sino también favorecer que el material recuperado pueda reincorporarse a la fabricación de nuevos productos.
El nuevo marco mantiene además los objetivos de reciclaje para 2030 ya establecidos en la anterior normativa europea: un 70 % para el conjunto de los envases, con objetivos específicos del 85 % para papel y cartón, 75 % para vidrio, 55 % para plástico y 30 % para madera. Según señala el Consejo, los Estados miembros pueden aplazar hasta cinco años el cumplimiento de estos objetivos.
Menos residuos de envases en 2030, 2035 y 2040
Junto con las exigencias sobre diseño, reciclabilidad o reutilización, el Reglamento introduce objetivos específicos para reducir la generación de residuos de envases por habitante en cada Estado miembro, tomando como referencia los niveles de 2018.
El objetivo es reducirlos un:
- 5 % en 2030
- 10 % en 2035
- 15 % en 2040
La prevención ocupa así el primer nivel de la estrategia europea. Cuando los envases no puedan evitarse, la prioridad será favorecer su reutilización y, posteriormente, su reciclaje y valorización.
La UE quiere reducir los residuos de envases por habitante un 5 % en 2030, un 10 % en 2035 y un 15 % en 2040 respecto a los niveles de 2018.
Un sector de 370.000 millones de euros ante una transformación estructural
El alcance económico del nuevo marco también es considerable. Según los datos difundidos por el Consejo, el sector europeo de los envases, incluyendo tanto su producción como las actividades de gestión de residuos, genera actualmente un volumen de negocio de alrededor de 370.000 millones de euros.
La Comisión considera que la armonización de las normas permitirá reducir a medio plazo determinados costes de cumplimiento asociados a la coexistencia de requisitos nacionales diferentes y facilitará las operaciones transfronterizas dentro del mercado único.
Al mismo tiempo, la transformación exigirá cambios en el diseño y fabricación de los envases, en los modelos de reutilización, en los sistemas de recogida y clasificación y en la disponibilidad y utilización de materias primas secundarias.
El PPWR aspira así a intervenir sobre todo el ciclo de vida de los envases, desde la prevención y el diseño hasta su gestión una vez convertidos en residuos, contribuyendo a mantener los materiales valiosos en uso durante más tiempo y a reducir la dependencia europea de materias primas vírgenes.
Un nuevo marco europeo que ya convive con la normativa española
La aplicación del Reglamento europeo abre también una nueva etapa para el marco regulatorio español.
Como explicó el bufete de abogados Uría Menéndez en un reciente análisis sobre los efectos de la aplicación directa del Reglamento (UE) 2025/40 en España, publicado en RETEMA, el Reglamento (UE) 2025/40 es directamente aplicable desde el 12 de agosto y convive actualmente con el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, que seguirá aplicándose en aquellos ámbitos que no estén regulados por la norma europea o que no resulten incompatibles con ella.
España trabaja actualmente en la adaptación de su normativa nacional al PPWR, mientras los operadores deberán afrontar progresivamente el calendario de obligaciones previsto por el nuevo marco europeo.
La Comisión, por su parte, continúa desarrollando la legislación secundaria necesaria para concretar distintas disposiciones del Reglamento y ha avanzado que seguirá trabajando con las autoridades nacionales, la industria y la sociedad civil para facilitar una aplicación eficiente y pragmática de las nuevas normas.
De este modo, el 12 de agosto no marca la entrada simultánea de todas las nuevas exigencias, sino el inicio de un proceso regulatorio que irá transformando progresivamente la forma en que los envases se diseñan, comercializan, utilizan, reutilizan y gestionan como residuos en toda la Unión Europea.

