España regula el Registro de producción y gestión de residuos para mejorar la trazabilidad en todo el territorio
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España contará con un marco común para ordenar y armonizar la información del Registro de producción y gestión de residuos, la herramienta nacional que reúne las autorizaciones y comunicaciones de productores, gestores, transportistas, agentes, negociantes y otros operadores del sector.
El nuevo real decreto desarrolla las previsiones de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular y concreta la estructura, contenido y gestión de un registro que ya se encuentra operativo y acumula más de 450.000 inscripciones.
El objetivo es mejorar la coordinación entre administraciones y reforzar la información y trazabilidad de los residuos en España, facilitando además las tareas de inspección, vigilancia y control y la gestión electrónica de los traslados.
Un único registro para todo el territorio nacional
El Registro seguirá siendo único y compartido para toda España, aunque las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla serán las responsables de incorporar las comunicaciones previas y autorizaciones correspondientes a los operadores de su territorio.
La principal novedad es que se concreta cómo debe organizarse esta información. El sistema contará con tres niveles jerarquizados: entidad, centro e inscripción.
Las entidades se identificarán mediante su NIF, mientras que cada centro dispondrá de un Número de Identificación Medio Ambiental (NIMA). A estos centros quedarán vinculadas las diferentes autorizaciones y comunicaciones correspondientes a su actividad.
El Registro ya cuenta con más de 450.000 inscripciones y se utiliza para validar información durante los procedimientos electrónicos de traslado de residuos
Las comunidades autónomas tendrán un máximo de 15 días
La norma establece también plazos concretos para mantener actualizada la información. Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla deberán incorporar las nuevas autorizaciones y comunicaciones al Registro en un máximo de 15 días desde su inscripción en el registro autonómico correspondiente.
Ese mismo procedimiento se aplicará a bajas por cese de actividad y a modificaciones relevantes, como cambios en las operaciones de tratamiento, residuos gestionados, garantías financieras, capacidades autorizadas o entidades responsables de las instalaciones.
La gestión general del Registro corresponderá a la Subdirección General de Residuos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, mientras que la Comisión de coordinación en materia de residuos establecerá criterios comunes para armonizar las inscripciones.
Más información sobre productores, gestores y tratamientos
El nuevo marco concreta además qué información debe incorporarse al sistema. Entre los datos figuran la identificación de las entidades y centros, su actividad económica y localización, las operaciones de tratamiento autorizadas, códigos LER de los residuos, capacidades máximas de tratamiento y garantías financieras.
También se incorporará información sobre los sistemas individuales y colectivos de responsabilidad ampliada del productor, instalaciones móviles de tratamiento, plataformas logísticas que almacenen residuos derivados de la logística inversa y determinadas operaciones de valorización y eliminación.
Para los productores de residuos no peligrosos que generen 1.000 toneladas anuales o menos, así como para los poseedores de residuos que no estén obligados legalmente a registrarse, la inscripción por parte de las comunidades autónomas tendrá carácter potestativo.
Parte del Registro podrá consultarse públicamente
Otro de los elementos relevantes es la creación de una sección de información pública accesible electrónicamente. Una posterior orden ministerial determinará exactamente qué datos básicos podrán consultar ciudadanos y empresas, mientras que la información personal quedará protegida conforme a la normativa de protección de datos.
Las administraciones, los servicios de inspección y vigilancia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán un acceso más amplio a través del Sistema electrónico de Información de Residuos (eSIR).
Las comunidades autónomas y Ceuta y Melilla dispondrán de 12 meses desde la entrada en vigor del real decreto para adaptar sus bases de datos a la nueva estructura y contenido. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

