Navarra amplía hasta finales de 2028 la moratoria para nuevas plantas de biometanización
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Navarra mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2028 la moratoria para la implantación de determinadas plantas de biometanización anaeróbica. El Pleno del Parlamento foral ha aprobado la modificación de la Ley Foral 17/2020, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, con el objetivo de disponer de más tiempo para desarrollar un marco normativo propio para estas instalaciones.
La medida amplía durante dos años el régimen actualmente vigente y establece que ninguna administración pública podrá admitir a trámite nuevos proyectos cuya actividad consista en gestionar residuos orgánicos, agroalimentarios o deyecciones ganaderas procedentes de instalaciones externas a la propia planta. La regulación provisional dejará de aplicarse antes de esa fecha si entra en vigor la futura normativa foral específica.
La moratoria dejará de estar vigente si antes de finales de 2028 entra en vigor la nueva normativa foral sobre implantación, seguimiento y control de plantas de biometanización
Los proyectos de más de 100.000 toneladas también quedarán suspendidos
La reforma afecta igualmente a las plantas de estas características con una capacidad de gestión superior a 100.000 toneladas anuales que se encontraran en fase de autorización a fecha de 15 de julio de 2026. Sus procedimientos quedarán suspendidos cautelarmente hasta finales de 2028.
La misma ampliación temporal se aplicará a los expedientes que ya estuvieran sometidos a suspensión cautelar en esa fecha. En el resto de aspectos, estos procedimientos conservarán las condiciones que motivaron las correspondientes resoluciones de la Dirección General de Medio Ambiente.
La extensión de la moratoria busca que estos proyectos puedan quedar sujetos al futuro marco regulatorio. La normativa actualmente vigente procede de la modificación aprobada mediante la Ley Foral 14/2025, que estableció un régimen provisional mientras Navarra desarrollaba una regulación específica para el sector. Documentación parlamentaria anterior confirma que la Comunidad Foral venía trabajando en ese nuevo instrumento normativo ante el incremento de solicitudes para este tipo de instalaciones.
Excepciones para la autogestión y determinadas instalaciones públicas
La ampliación no afectará a todas las plantas. Quedan fuera de la moratoria las instalaciones destinadas a la autogestión de residuos propios con una capacidad inferior a 25.000 toneladas anuales, consideradas relevantes para avanzar en la economía circular dentro del sector primario.
Las plantas de autogestión de residuos propios con menos de 25.000 toneladas anuales de capacidad quedan excluidas de la ampliación de la moratoria
También estarán exentas determinadas instalaciones anaeróbicas de gestión pública vinculadas a otros servicios de competencia pública. Entre ellas se encuentran las asociadas al tratamiento de residuos domésticos municipales procedentes del quinto contenedor de materia orgánica y a la depuración de aguas residuales urbanas.
En estos casos, la excepción estará condicionada a que las plantas se limiten a gestionar los residuos generados por su propia actividad, independientemente del lugar concreto en el que estos se produzcan.
Digestatos, olores y tráfico, entre los aspectos de la futura regulación
La ampliación pretende dar tiempo para articular una regulación que compatibilice las dos vertientes principales de estas instalaciones: la gestión de residuos agroganaderos y la producción de energía renovable.
Entre los aspectos que deberá abordar el futuro marco se encuentran las posibles afecciones sobre el paisaje y la población, los accesos a las instalaciones, el tráfico pesado y los olores. También se plantea establecer mecanismos específicos para el seguimiento y control de los digestatos generados durante el proceso y de los terrenos agrícolas sobre los que posteriormente se aplican.
El desarrollo de una regulación específica para biogás y biometano lleva meses formando parte del debate institucional en Navarra. En junio, el Parlamento instó al Gobierno foral a impulsar medidas para disponer de un marco que permitiera un despliegue ordenado y sostenible de estas plantas.
La modificación legislativa se ha tramitado mediante lectura única y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. A partir de entonces, el horizonte de finales de 2028 marcará el límite para disponer del nuevo marco regulatorio o, en su defecto, para que decaigan las restricciones temporales aprobadas.

